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Artículo 156 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Terceros Especialistas son empresas o personas autorizadas que deben revisar que se cumplan las reglas de sanidad vegetal y de reducción de contaminación en la producción de vegetales. Esto lo hacen cuando alguien les pide que ayuden a certificar que todo está en orden. Es decir, verifican que se sigan las Normas Oficiales Mexicanas y otras leyes relacionadas con la limpieza y salud de los cultivos. Su trabajo es asegurarse de que los productores cumplan con lo que marca la ley para que los vegetales sean seguros.

Texto oficial

Artículo 156. Será responsabilidad de los Terceros Especialistas verificar y coadyuvar en la certificación, a petición de parte, el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas y demás Disposiciones Legales Aplicables en materia de Sanidad Vegetal y de Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 49) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.