Artículo 158 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres ser un Profesional Fitosanitario Autorizado, necesitas ser ingeniero o tener una carrera relacionada con sanidad de plantas o inocuidad de alimentos, y además tener al menos un año de experiencia demostrable en eso. Tienes que pedir el permiso a la Secretaría con un formato especial que ellos te dan, y entregarles tus datos personales (nombre, RFC, domicilio, teléfono y correo), información de tu trabajo actual (nombre de la empresa, tu puesto, datos de contacto), y tu experiencia de los últimos cinco años. También debes incluir tu currículum con los comprobantes de experiencia, una copia de tu título y de tu cédula profesional. Si no entregas todo, la Secretaría te avisará en un plazo de 10 días hábiles y te dará otros 10 días para completarlo; si no lo haces, tu trámite se cancela. Una vez que tengas todo listo, ellos tienen 10 días hábiles para darte una respuesta.
Texto oficial
Artículo 158. El interesado en obtener la autorización como Profesional Fitosanitario Autorizado, deberá ser ingeniero especialista o profesional de carrera afín en Sanidad Vegetal o de inocuidad de alimentos, incluyendo implementación y evaluación de Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales respectivamente, con experiencia demostrable por lo menos de un año y realizar la solicitud ante la Secretaría en el formato que para tal efecto emita la misma, proporcionando además la información y documentos siguientes: I. Los datos personales del solicitante, entre otros, los siguientes: a) El nombre completo; b) El registro federal de contribuyentes; c) El domicilio, y d) El número de teléfono y fax, así como correo electrónico; II. Los datos laborales, entre otros, los siguientes: a) La denominación de la empresa, institución o lugar de trabajo; b) El puesto que desempeña; c) El domicilio de la empresa; d) El número telefónico y fax de la empresa, y e) Dirección de correo electrónico de la empresa; III. La experiencia laboral de los últimos cinco años, empezando con el último trabajo: REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 15-07-2016 50 de 62 a) La fecha de inicio; b) La fecha de término; c) El puesto e institución, y d) La actividad principal que desempeñaba; IV. El currículum vitae con copia de la documentación que compruebe su experiencia en Sanidad Vegetal o Sistemas de Reducción de Riesgos de Contaminación en la Producción Primaria de Vegetales; V. La copia del título profesional, y VI. La copia de cédula profesional. Los interesados, de acuerdo con la materia de autorización, deberán cumplir con los requisitos y especificaciones establecidas en las Disposiciones Legales Aplicables que para tal efecto se emitan. En caso de que el interesado en obtener la autorización correspondiente no presente la información completa, la Secretaría tendrá un plazo de diez días hábiles contado a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud, para prevenir al solicitante, otorgándole un plazo de diez días hábiles contado a partir del día siguiente de dicha prevención, para que subsane ésta. En caso de que se incumpla con el requerimiento de información se desechará el trámite. La Secretaría tendrá un plazo de diez días hábiles contado a partir del día siguiente del que cuente con la información completa, para resolver la solicitud de autorización a que se refiere este artículo. CAPÍTULO IV DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS APROBADOS Y AUTORIZADOS
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.