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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
Artículo
170

Artículo 170 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El permiso para tener un Punto de Verificación Interna dura un año, pero se renueva solo si las condiciones de salud de las plantas siguen siendo las mismas y se cumplen las reglas con las que se creó. La Secretaría puede revisar el punto en cualquier momento. Si el permiso se pierde y ese punto es necesario para controlar el traslado de productos, la Secretaría lo va a manejar temporalmente o lo va a pasar a alguien que ella designe, según un acuerdo del artículo 169.

Texto oficial

Artículo 170. La autorización de los Puntos de Verificación Interna tendrá vigencia de un año, la cual será renovable de manera automática siempre y cuando prevalezcan las Condiciones Fitosanitarias, y conforme a las Disposiciones Legales Aplicables que dieron origen a su establecimiento. La Secretaría podrá verificar en cualquier tiempo el Punto de Verificación Interna autorizado. En caso de que un Punto de Verificación Interna pierda su autorización y éste sea necesario para el control de la Movilización, será administrado temporalmente por la Secretaría o por quien ésta haya designado conforme al convenio previsto en la fracción I del artículo 169 de este Reglamento.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (pág. 55) ↗

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