- Ley
- REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
- Artículo
- 186
Artículo 186 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades de la Secretaría son las encargadas de aplicar las multas o castigos que establecen las leyes. Esto lo hacen después de que se haya emitido la resolución oficial que dice cuál es la sanción. Solo se detiene la ejecución si el reglamento permite suspenderla temporalmente. En palabras más claras: primero se decide el castigo, y luego lo aplican, a menos que haya una razón legal para pausarlo.
Texto oficial
Artículo 186. Las sanciones serán ejecutadas por las autoridades competentes de la Secretaría, una vez dictadas las resoluciones que las contengan, salvo que se suspenda su ejecución de conformidad con lo previsto en este Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.