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Artículo 43 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para mover mercancías reguladas (como plantas o frutas) dentro de México, necesitas un permiso llamado Certificado Fitosanitario de Movilización Nacional. Este documento lo emiten el SENASICA o ciertos organismos autorizados, pero solo después de que verifiquen que cumples con todas las reglas de la ley. Para revisar si todo está en orden, estas autoridades pueden pedir ayuda a expertos externos. En pocas palabras, no puedes transportar ciertos productos sin este certificado y sin pasar una inspección previa.

Texto oficial

Artículo 43. La Movilización de Mercancías Reguladas dentro del territorio nacional, estará sujeta a la expedición del Certificado Fitosanitario de Movilización Nacional, previo cumplimiento de lo señalado en los artículos 22 y 35 de la Ley, el cual podrá ser expedido por el SENASICA, los Organismos de Certificación o las Unidades de Verificación, previa Verificación del cumplimiento de los requisitos previstos en las Disposiciones Legales Aplicables. Para la expedición del Certificado Fitosanitario de Movilización Nacional, el SENASICA, los Organismos de Certificación o las Unidades de Verificación podrán auxiliarse de Terceros Especialistas para la evaluación de la conformidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.