Artículo 86 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Agricultura va a crear campañas para controlar plagas que están consideradas como peligrosas o muy dañinas. Para hacerlo, puede firmar acuerdos o emitir reglas oficiales (las Normas Oficiales Mexicanas). El SENASICA, que es la agencia que se encarga de la sanidad agropecuaria, publicará en su página de internet los lineamientos para armar y aprobar los programas de cada campaña. Esos programas deben incluir, por lo menos, los objetivos, las metas, cuánto presupuesto se necesita y cómo se va a medir si están funcionando.
Texto oficial
Artículo 86. La Secretaría establecerá las Campañas Fitosanitarias para Plagas Reglamentadas. Para tal efecto, elaborará, acuerdos o Normas Oficiales Mexicanas. El SENASICA a través de su página electrónica, dará a conocer los criterios para la formulación, dictaminación y operación de programas de trabajo para cada Campaña Fitosanitaria. Los programas de trabajo a que se refiere este párrafo contendrán al menos los objetivos, metas, plan presupuestal e indicadores de medición.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.