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Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
Artículo
86

Artículo 86 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Agricultura va a crear campañas para controlar plagas que están consideradas como peligrosas o muy dañinas. Para hacerlo, puede firmar acuerdos o emitir reglas oficiales (las Normas Oficiales Mexicanas). El SENASICA, que es la agencia que se encarga de la sanidad agropecuaria, publicará en su página de internet los lineamientos para armar y aprobar los programas de cada campaña. Esos programas deben incluir, por lo menos, los objetivos, las metas, cuánto presupuesto se necesita y cómo se va a medir si están funcionando.

Texto oficial

Artículo 86. La Secretaría establecerá las Campañas Fitosanitarias para Plagas Reglamentadas. Para tal efecto, elaborará, acuerdos o Normas Oficiales Mexicanas. El SENASICA a través de su página electrónica, dará a conocer los criterios para la formulación, dictaminación y operación de programas de trabajo para cada Campaña Fitosanitaria. Los programas de trabajo a que se refiere este párrafo contendrán al menos los objetivos, metas, plan presupuestal e indicadores de medición.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (pág. 27) ↗

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