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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFSV/89
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal
Artículo
89

Artículo 89 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, basándose en estudios científicos o análisis de riesgos, decide si empieza o sigue una campaña para controlar plagas en plantas o cultivos. Cuando toma esa decisión, también define las acciones a seguir, que se enfocan en detectar y controlar las plagas usando distintas técnicas combinadas para ser más efectivas.

Texto oficial

Artículo 89. La Secretaría, con base en la evidencia científica y, en su caso, el Análisis de Riesgo de Plagas o Evaluación de Riesgo, podrá determinar el inicio o la continuidad de una Campaña Fitosanitaria. En estos casos determinará las acciones que se deban aplicar, las cuales serán las necesarias para la detección y control de Plagas, con un enfoque de manejo integrado de éstas.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Vegetal (pág. 27) ↗

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