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Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Seguridad Privada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría tiene que crear y mantener un registro actualizado de la CSRE (que es como un sistema de registro de capacidades satelitales). Este registro se va a ir actualizando cada vez que los dueños de una Concesión o Autorización hagan cambios técnicos, administrativos o legales. También debe incluir cualquier modificación en cómo se usa o aprovecha la capacidad satelital que se les haya otorgado a quienes tienen una Asignación, y si esos servicios o proyectos cambian o terminan.

Texto oficial

Artículo 25. La Secretaría debe elaborar un registro sobre la CSRE, el cual se actualizará conforme a las modificaciones técnicas, administrativas o jurídicas que lleven a cabo las personas titulares de Concesiones o de Autorizaciones. El registro también debe incorporar las modificaciones al uso y aprovechamiento de la Capacidad satelital suministrada a las personas titulares de una Asignación, así como la modificación o conclusión de los servicios o proyectos que dichas personas lleven a cabo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.