Artículo 83 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando hay conflictos y las dos partes eligen la "amigable composición", la Comisión define de forma sencilla y clara los puntos en desacuerdo que se van a resolver. Luego, la Comisión decide lo que le parezca justo y honesto, sin seguir tantas reglas complicadas, pero sí cumpliendo lo básico del proceso. No se permiten problemas de trámite ni reclamos durante el proceso. Si alguien no entiende bien la decisión final, puede pedir una aclaración dentro de los 5 días hábiles después de que le avisen. Y una vez que ambas partes aceptaron los puntos a resolver, ya no se pueden echar para atrás.
Texto oficial
Artículo 83.- En los casos de amigable composición, de manera breve, clara y concisa, la Comisión fijará las cuestiones que deberán ser objeto de arbitraje y resolverá en conciencia y a buena fe guardada, sin sujeción a formalidades especiales pero observando las esenciales del procedimiento. No se aceptará la tramitación de incidentes ni de medios de impugnación. Cualquier aclaración sobre la resolución recaída sólo podrá ser solicitada por parte interesada y dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación. Ninguna de las partes que hubieren optado por el procedimiento de amigable composición, podrá cambiar su decisión después de que se hayan fijado los puntos objeto del arbitraje.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.