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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFZEE_290917/137
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales
Artículo
137

Artículo 137 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres extranjero y quieres trabajar o vivir en la Zona Económica Especial y sus alrededores, las autoridades de migración harán lo posible por darte tu visa más rápido. Las oficinas encargadas deben usar la Ley de Migración para agilizar los trámites de entrada o trabajo. En pocas palabras, buscan que no te tardes meses esperando el permiso.

Texto oficial

Artículo 137.- Las Dependencias competentes, en términos de la Ley de Migración, adoptarán las medidas que procedan para promover la emisión expedita de los visados para los extranjeros que ingresen o laboren en la Zona y su Área de Influencia.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales (pág. 52) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.