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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFZEE_290917/140
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales
Artículo
140

Artículo 140 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso o autorización para hacer negocios en México y entras en la categoría de "inversionista" según los tratados internacionales que México ha firmado, tienes derecho a recibir el mismo trato que los empresarios mexicanos (trato nacional). También te deben dar el mejor trato que se le dé a inversionistas de otros países (nación más favorecida), además de otras protecciones que apliquen según esos acuerdos. Básicamente, no te pueden discriminar ni tratarte peor solo por ser extranjero.

Texto oficial

Artículo 140.- En términos de los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es parte, los titulares de un Permiso o Autorización que tengan el carácter de inversionistas conforme a los mismos, tendrán derecho a recibir trato nacional, trato de nación más favorecida y demás protecciones que resulten aplicables.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales (pág. 52) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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