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Artículo 60 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo Nacional de Evaluación (que revisa cómo funcionan los programas sociales) puede dar sugerencias para mejorar las acciones del Programa de Desarrollo. Cuando esto pase, el Gobierno Federal, sus dependencias y entidades tienen que analizar esas sugerencias y, si es necesario, hacer cambios para que todo funcione mejor. Después, quienes recibieron las sugerencias deben informarle al Gobierno Federal qué hicieron con ellas o cómo las atendieron. En pocas palabras: el consejo opina, el gobierno revisa y ajusta, y luego reporta lo que hizo.

Texto oficial

Artículo 60.- Cuando el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social emita recomendaciones a las acciones del Programa de Desarrollo relacionadas con las materias de su competencia, la Autoridad Federal, las Dependencias y las Entidades, analizarán dichas recomendaciones y, en su caso, realizarán los ajustes procedentes. Los destinatarios de las recomendaciones remitirán a la Autoridad Federal la respuesta o atención que hayan dado a las mismas. Sección VII De la Consulta

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

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