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Artículo 82 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Variedades Vegetales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Autoridad Federal (la dependencia del gobierno que revisa estos trámites) va a checar tu petición para transferir tus derechos y obligaciones del Permiso a otra persona o empresa, total o parcialmente. Este análisis lo hace siguiendo las reglas del artículo 23 de la Ley. Después de recibir tu solicitud, o los documentos extras que te pidieron, tienen 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para darte una respuesta. Esa respuesta te la tienen que entregar de manera personal al Administrador Integral, es decir, directamente a la persona encargada del permiso.

Texto oficial

Artículo 82.- La Autoridad Federal analizará la solicitud para la aprobación de la cesión total o parcial de los derechos y obligaciones establecidos en el Permiso conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley, y emitirá la resolución correspondiente dentro del plazo de treinta días hábiles posteriores a la recepción de dicha solicitud o, en su caso, a partir de que la Autoridad Federal haya recibido la documentación adicional requerida en términos del artículo anterior. Dicha resolución deberá ser notificada por la Autoridad Federal de manera personal al Administrador Integral.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.