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Artículo 53 del REGLAMENTO de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 53 dice que los resultados de cómo va el Programa y cómo se están aplicando sus acciones deben estar disponibles para todos los miembros del Sistema, y sirven para dos cosas: primero, para mejorar y ajustar los programas y políticas del gobierno, y segundo, para definir cuánto personal y dinero se necesita para el Programa, además de las actividades y el presupuesto que deben incluirse en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (que es el plan de gastos del gobierno federal para el año siguiente).

Texto oficial

ARTÍCULO 53.- Los resultados de la evaluación del Programa y la implementación de los ejes de acción estarán a disposición de los integrantes del Sistema, y tendrán la finalidad siguiente: I. Actualizar y orientar los programas y las políticas públicas, y II. Determinar los recursos humanos y financieros para el desarrollo del Programa, así como las acciones programáticas y presupuestales respectivas, que deberán preverse en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. SECCIÓN SEGUNDA DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

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