Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 3 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del tema) es la única que puede aclarar el significado de este Reglamento, pero solo para los trámites y decisiones del gobierno. Esto quiere decir que si hay alguna duda sobre cómo aplicar las reglas de cultura y derechos culturales, la Secretaría es quien decide cómo interpretarlas, sin necesidad de ir a un juez. Es como si esa oficina fuera la que pone la última palabra en los asuntos administrativos. Su explicación vale para el día a día, pero no para un juicio o una disputa legal.

Texto oficial

Artículo 3.- A la Secretaría le corresponderá la interpretación del presente Reglamento, para efectos administrativos. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE CULTURA Y DERECHOS CULTURALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 29-11-2018 2 de 9

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.