Artículo 3 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del tema) es la única que puede aclarar el significado de este Reglamento, pero solo para los trámites y decisiones del gobierno. Esto quiere decir que si hay alguna duda sobre cómo aplicar las reglas de cultura y derechos culturales, la Secretaría es quien decide cómo interpretarlas, sin necesidad de ir a un juez. Es como si esa oficina fuera la que pone la última palabra en los asuntos administrativos. Su explicación vale para el día a día, pero no para un juicio o una disputa legal.
Texto oficial
Artículo 3.- A la Secretaría le corresponderá la interpretación del presente Reglamento, para efectos administrativos. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE CULTURA Y DERECHOS CULTURALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 29-11-2018 2 de 9
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.