Artículo 106 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo habla sobre cómo se forma la Comisión Especial, que es como un grupo de personas que toman decisiones sobre el deporte en México. El grupo principal, llamado Pleno, está compuesto por el presidente, un secretario, un consejero y varios representantes de distintas organizaciones deportivas, como la CONADE, los estados, asociaciones nacionales, el COM (Comité Olímpico Mexicano), el COPAME (Comité Paralímpico Mexicano) y ligas profesionales. También hay otro grupo más pequeño, el Consejo Directivo, que incluye a un presidente (que vota para desempatar), un secretario, un consejero (que no votan) y ocho vocales (que sí votan), elegidos entre representantes del COM, estados, asociaciones deportivas y gobierno federal. Las reglas para elegir a estos vocales y para el funcionamiento de los grupos las pone la misma Comisión Especial. Por último, todos los que participan en estos cargos lo hacen de manera honorífica, es decir, no reciben sueldo ni pago por su trabajo.
Texto oficial
Artículo 106. El Pleno de la Comisión Especial estará integrado por: I. El Presidente; II. El Secretario Ejecutivo; III. El Consejero Jurídico; IV. Dos representantes de la CONADE; V. Ocho representantes de los Órganos Estatales, del Distrito Federal y municipales de Cultura Física y Deporte; VI. Ocho representantes de las Asociaciones Deportivas Nacionales; VII. Un representante del COM; VIII. Un representante del COPAME; IX. Tres representantes de los CONDE; X. Dos representantes de las Ligas Profesionales, y XI. En su caso, por representantes de cada una de las Comisiones Nacionales del Deporte Profesional existentes. Párrafo con fracciones reformado DOF 27-02-2015 El Consejo Directivo se integra por: I. Un Presidente, quien convocará a las sesiones, con voz y voto de calidad en caso de empate en las votaciones; REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 40 de 55 II. El Secretario Ejecutivo y el Consejero Jurídico, con voz y sin voto en las sesiones del mismo, y III. Ocho Vocales, con voz y voto en las sesiones, a saber: a) Un representante del COM; b) Tres representantes seleccionados en el Pleno del SINADE de entre las dependencias y entidades de Cultura Física y Deporte de los Estados y el Distrito Federal, de conformidad con la regionalización que establezca dicha instancia colegiada; c) Tres representantes de asociaciones deportivas nacionales. La participación de estas personas estará sujeta a la aceptación por parte de las mismas, y d) Un representante de las dependencias y entidades del sector público Federal propuestos por la Junta Directiva de la CONADE. El procedimiento para la elección y nombramiento de los Vocales así como los lineamientos para el funcionamiento, tanto del Consejo Directivo como del Pleno, se establecerán en las normas emitidas por la propia Comisión Especial. Los titulares e integrantes de los Órganos de la Comisión Especial serán honoríficos y por su desempeño no cobrarán sueldo o emolumento alguno.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.