Artículo 129 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cumples con los requisitos del artículo anterior, puedes pedir por escrito que te anoten en la Lista de Mediadores y Conciliadores Independientes de la CAAD. La CAAD te dará un documento que te acredita como mediador o conciliador en temas deportivos. Tu nombre estará en esa lista por un año desde que te inscribes, y puedes renovarlo tantas veces como quieras por el mismo periodo. Para renovar, debes enviar una solicitud por escrito a la CAAD durante los 20 días antes de que se termine el año, y decir bajo protesta de decir verdad que todavía cumples con los requisitos.
Texto oficial
Artículo 129. Las personas que cumplan con los requisitos que señala el artículo anterior podrán inscribirse en la Lista de Mediadores y Conciliadores Independientes de la CAAD, previa solicitud por escrito. El Pleno de la CAAD expedirá una constancia al interesado que lo acredite como Mediador y Conciliador Independiente en materia deportiva. La inscripción en la Lista de Mediadores y Conciliadores Independientes de la CAAD tendrá una vigencia de un año, contado a partir de la fecha de inscripción, y renovable en forma indefinida por períodos iguales. La renovación se dará siempre que exista solicitud por escrito del Mediador o Conciliador Independiente, presentada ante la CAAD, durante los veinte días previos a la fecha de conclusión de la REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 49 de 55 vigencia, en la que manifieste bajo protesta de decir verdad que sigue cumpliendo con los requisitos señalados en el artículo anterior.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.