Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La CONADE, que es la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte, va a trabajar con los gobiernos de los estados, la Ciudad de México, las delegaciones y los municipios para crear y mantener actualizado el RENADE, que es el Registro Nacional de Cultura Física y Deporte. Para que las oficinas estatales o de la Ciudad de México encargadas del deporte se apunten en el RENADE, tienen que entregar papeles como la copia del nombramiento de su jefe, una lista de los miembros de su sistema deportivo con su fecha de publicación oficial, sus planes de trabajo, comprobantes de que ya verificaron a sus miembros, y además deben registrar sus instalaciones deportivas y a las personas o empresas involucradas. Lo mismo aplica para los municipios, que deben entregar documentos similares para registrarse en el sistema.
Texto oficial
Artículo 25. Conforme a lo dispuesto por los artículos 30, fracciones III y XIII, 37 y 38, de la Ley, la CONADE se coordinará con los Estados, el Distrito Federal, las delegaciones y los municipios para integrar y actualizar el RENADE, de conformidad con los lineamientos que de acuerdo a sus atribuciones expida, debiéndose tomar en consideración lo siguiente: I. Para registrarse en el RENADE, los Órganos Estatales y del Distrito Federal con competencia en materia de Cultura Física y Deporte, deberán entregar: a) Copia certificada del nombramiento del Titular de la dependencia o entidad; b) El listado de los integrantes del Sistema Estatal o del Distrito Federal de Cultura Física y Deporte, y citar el ordenamiento legal que los sustenta y su fecha de publicación en el medio oficial correspondiente; c) El programa general de actividades por el período de gobierno y el programa operativo anual de la dependencia o entidad, formulado de acuerdo al Programa; d) Constancia documental de que la información de los miembros del Sistema Estatal o del Distrito Federal de Cultura Física y Deporte, registrados en el RENADE, han sido verificados por la autoridad estatal o del Distrito Federal, y e) Cumplir satisfactoriamente el registro de la infraestructura deportiva y personas físicas y morales del sistema estatal de Cultura Física y Deporte, y II. Para registrarse en el RENADE, los Órganos Municipales de Cultura Física y Deporte deberán entregar: a) Copia certificada del nombramiento del Titular del Órgano; REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 10 de 55 b) El listado de los integrantes del Sistema Municipal de Cultura Física y Deporte, y citar el ordenamiento legal que los sustenta y su fecha de publicación en el medio oficial correspondiente; c) El programa general de actividades por el período de gobierno y el programa operativo anual del organismo o entidad, formulado de acuerdo al Programa; d) Constancia documental de que la información de los miembros del Sistema Municipal de Cultura Física y Deporte, registrados en el RENADE, han sido verificados por la autoridad municipal, y e) Cubrir satisfactoriamente el registro de la infraestructura deportiva y personas físicas y morales del sistema municipal de Cultura Física y Deporte.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.