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Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que un club o grupo deportivo (como una asociación de futbol o baile) pueda registrarse en el RENADE (el registro oficial de deportes), debe comprobar que existe legalmente con un acta constitutiva, unos estatutos y un acta de elección de sus jefes, todo sellado ante un notario. También tiene que demostrar que representa a muchos socios o equipos en el país, y entregar sus planes de trabajo a corto, mediano y largo plazo, además de sus reglamentos internos. Si ha recibido apoyo del gobierno, debe presentar un informe de cómo lo usó. En pocas palabras, es como inscribir un equipo en un padrón oficial, pero con todos los papeles en regla.

Texto oficial

Artículo 30. Las asociaciones o sociedades deportivas a que se refiere la fracción I del artículo 27 de este Reglamento para ser inscritas en el RENADE deberán: I. Acreditar su legal existencia conforme a las leyes mexicanas, presentando: REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 12 de 55 a) Acta constitutiva con la que se acredite como persona moral que tenga por objeto social la promoción, práctica o contribución de: 1. Para las asociaciones o sociedades deportivas: La promoción, práctica y contribución al desarrollo del Deporte; 2. Para las asociaciones o sociedades recreativo-deportivas: El desarrollo de la Activación Física y la recreación deportiva; 3. Para las asociaciones o sociedades de Deporte en la Rehabilitación Física: la rehabilitación en el campo de la Cultura Física y Deporte, y 4. Para las asociaciones o sociedades de cultura física-deportiva: El fomento, investigación, estudio, análisis, enseñanza y difusión de la Cultura Física; b) Estatutos Sociales acordes con lo establecido en la Ley, el presente Reglamento y demás normas aplicables en el ámbito deportivo, y c) Acta en la que conste la elección de sus órganos de gobierno y representación. Los documentos antes citados deberán presentarse protocolizados e inscritos en el Registro Público de Comercio que corresponda. Las Asociaciones Deportivas Nacionales además deberán presentar la constancia de la elección de sus órganos de gobierno y representación emitida por el COVED y la constancia de afiliación a una Federación Deportiva Internacional de reconocido prestigio y acreditación internacional; II. Acreditar su representatividad, mediante: a) Lista de socios, asociados y afiliados, en los que se especifiquen sus nombres y datos de identificación; b) Documento que, en su caso, acredite la afiliación a la asociación deportiva nacional correspondiente, si es el caso, y c) Estatutos sociales en el que conste o se acredite que representa mayoritariamente una especialidad deportiva en los estados y el Distrito Federal; III. Presentar la siguiente documentación operativa: a) Programas de corto, mediano y largo plazos en los que se especifique la misión, la visión estratégica, los objetivos, metas, estrategias financieras, las de operación y el sistema de evaluación, calendario de actividades y convocatorias de Eventos Deportivos; b) Reglamentos técnicos, deportivos y demás normas que aplique la persona moral en la práctica organizada e institucional de su actividad, y c) Listado de clasificación deportiva de sus afiliados, en su caso, y IV. Presentar un informe del ejercicio de los apoyos gubernamentales que le hayan sido proporcionados, si es el caso. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 13 de 55 Los organismos afines deberán cumplir con lo dispuesto en este precepto, atendiendo a su respectiva naturaleza, objeto y finalidades.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.