Artículo 34 del REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para inscribirte en el registro que menciona el artículo 27 (fracción VII) de este reglamento, puedes hacerlo tú mismo o mandar a alguien que te represente. Vas a necesitar presentar los documentos oficiales que comprueben tu título de licenciatura, especialidad, maestría o doctorado en Cultura Física y Deporte. Si eres investigador, en lugar del título, debes demostrar que lo eres con tus investigaciones o trabajos ya publicados o por publicarse, o con una constancia de alguna escuela pública o privada que avale que eres investigador en esa área.
Texto oficial
Artículo 34. Las inscripciones a que se refiere la fracción VII del artículo 27 de este Reglamento deberán hacerse directamente por la persona interesada, o a través de un representante, debiendo acreditar con los documentos legales correspondientes, su licenciatura, especialidad, maestría o doctorado en materia de Cultura Física y Deporte. En el caso de los investigadores en materia de Cultura Física y Deporte, para su inscripción deberán acreditar dicha calidad con las investigaciones o trabajos publicados o en proceso de publicación, o con la constancia que emitan las instituciones educativas públicas o privadas que correspondan, avalando su calidad de investigador en relación con la Cultura Física y el Deporte.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.