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Artículo 70 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un permiso para una plantación forestal comercial y quieres cambiar algo, como los métodos de cultivo, las especies de árboles, agregar o quitar terreno, debes avisarle a la Secretaría del Medio Ambiente. En tu aviso tienes que incluir tu nombre o el de tu empresa, el número de tu permiso, las especies nuevas que vas a usar (con su nombre científico y común, y explicar por qué las elegiste) y, si son especies extranjeras, cómo planeas evitar que se salgan de control. También debes adjuntar documentos que muestren los cambios y, si aplica, un mapa con coordenadas. Después de que entregues el aviso, la Secretaría te dará un nuevo permiso en un plazo de 10 días hábiles.

Texto oficial

Artículo 70. Los titulares de la constancia de Plantación forestal comercial cuando pretendan realizar modificaciones en los métodos, actividades, especies y demás datos de las Plantaciones forestales, así como incorporar o reducir superficie a la unidad de producción, deben presentar un aviso a la Secretaría con la información siguiente: Párrafo reformado DOF 20-11-2025 I. El nombre o denominación o razón social y domicilio del propietario o poseedor del predio, o de quien tenga el derecho a realizar el aprovechamiento en términos de las disposiciones jurídicas aplicables; II. Número de oficio de otorgamiento de constancia o de autorización y Código de identificación otorgado; III. Especies que serán utilizadas, las que deberán identificarse por medio de su nombre científico y común, así como la justificación técnica para su selección, y REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 20-11-2025 31 de 87 IV. En caso de que las especies a plantar sean exóticas, las actividades para evitar su propagación no controlada en las áreas con Vegetación forestal. Asimismo, con el aviso a que se refiere este artículo se adjuntarán los documentos en los que se demuestren las modificaciones propuestas y, en su caso, el Plano georeferenciado que represente gráficamente las modificaciones. Una vez presentado el aviso de modificación de Plantación forestal comercial, la Secretaría emitirá la constancia correspondiente dentro de los diez días hábiles siguientes. Sección III Aprovechamiento de Recursos Forestales no Maderables

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.