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Artículo 76 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno decide cuándo y cómo se puede aprovechar lo que no es madera del monte, como plantas, hongos o resinas. Eso depende de cuánto tarden las especies en volver a crecer después de que las cortes o les quites una parte. No se vale sacar más de lo que la naturaleza pueda reponer.

Texto oficial

Artículo 76. Los criterios, las especificaciones técnicas y los periodos de aprovechamiento de los Recursos forestales no maderables se determinarán de acuerdo con los ciclos de recuperación y regeneración de la especie y sus partes por aprovechar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 35) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.