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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGDNNA/73
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo
73

Artículo 73 del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres adoptar, la Procuraduría Federal te dará un curso donde te explicarán todo sobre la parte psicológica, los trámites y lo legal del proceso. Es obligatorio que tomes ese curso, porque sin él no podrás obtener el Certificado de Idoneidad, que es el documento que necesitas para poder adoptar. El contenido del curso lo decide un comité de personas expertas en adopción.

Texto oficial

Artículo 73. La Procuraduría Federal impartirá un curso de inducción a las personas solicitantes de adopción, en el cual se les informará los aspectos psicosociales, administrativos y judiciales de la adopción. La asistencia al curso de inducción será un requisito obligatorio para estar en posibilidad de obtener el Certificado de Idoneidad. El contenido del curso será definido por el comité técnico de adopción. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 02-12-2015 22 de 29

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (pág. 21) ↗

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