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Artículo 92 del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema Nacional DIF (que es como la oficina que ayuda a niños y familias) va a crear reglas claras para todo el proceso de adopción. Antes de hacerlo, le pedirá la opinión a la Secretaría de Relaciones Exteriores. Esas reglas dirán qué pasos tienes que seguir, cuánto tiempo esperar en cada etapa y quién es responsable de qué. Todo esto pasa antes de mandar tus papeles al DIF de tu estado para que sigan con el trámite.

Texto oficial

Artículo 92. El Sistema Nacional DIF establecerá mediante lineamientos generales, previa opinión de la Secretaría de Relaciones Exteriores, los trámites administrativos a seguir, las responsabilidades y los tiempos de respuesta en cada etapa del procedimiento de adopción antes de enviar el expediente al Sistema de la Entidad que corresponda para el trámite subsecuente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.