Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a publicar en su página web y en el Diario Oficial de la Federación (que es como el periódico oficial del gobierno) todas las reglas y herramientas que usa para decidir qué zonas del país necesitan más apoyo. Así, cualquier persona puede enterarse de cómo se eligen esas áreas prioritarias. Esto es para que el proceso sea transparente y todos sepamos cómo funciona.

Texto oficial

Artículo 30.- La Secretaría dará a conocer, a través de su página electrónica y en el Diario Oficial de la Federación, los distintos instrumentos de política social y los procedimientos que se utilicen para la determinación de las zonas de atención prioritaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.