Artículo 46 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno federal tienen que checar que los grupos ciudadanos (como asociaciones o colectivos) que quieran hacer acuerdos para apoyar el desarrollo social estén registrados en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil. También deben cumplir con todas las reglas que marca la ley. O sea, para que un grupo pueda trabajar con el gobierno, primero debe estar en esa lista oficial y seguir lo que pide la ley.
Texto oficial
Artículo 46.- Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán revisar que las organizaciones de la sociedad civil que tengan como objeto fomentar acciones de desarrollo social y que estén interesadas en celebrar convenios de concertación en los términos del artículo anterior, estén inscritas en el Registro Federal de Organizaciones de la Sociedad Civil a que se refiere la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por las Organizaciones de la Sociedad Civil y que cumplan con las demás disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.