Artículo 78 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Nacional de Evaluación es como un "supervisor" que se asegura de que todas las revisiones que se hagan sobre programas sociales sigan las reglas ya establecidas. Básicamente, revisa que no se salten los criterios, normas y lineamientos que ellos mismos ya pusieron. Así, garantizan que todo se evalúe de manera ordenada y justa. Es como cuando en la escuela el director checa que los exámenes se apliquen según el reglamento, nada más.
Texto oficial
Artículo 78.- El Consejo Nacional de Evaluación verificará que las evaluaciones que se realicen en los términos del artículo anterior, cumplan con los criterios, normas y lineamientos que al efecto haya emitido.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.