Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 79 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 79 dice que cuando se revisa cómo funciona un programa de ayuda social, se puede hacer cada año o cada varios años, dependiendo de qué tan grande o complejo sea el programa y la información que se tenga. O sea, no hay una regla fija de fechas; la evaluación se ajusta a lo que necesita cada programa. Esto permite que sea más flexible y se adapte a cada caso.

Texto oficial

Artículo 79.- Las evaluaciones de impacto de los programas de desarrollo social podrán realizarse a través de procesos anuales o multianuales, de conformidad con la información y naturaleza del programa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.