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Artículo 80 del REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El informe que mide cómo están funcionando los programas de ayuda social se debe entregar en las fechas que marque el Consejo Nacional de Evaluación (que es el grupo encargado de revisar estos programas). Esas fechas cambian según el tipo de programa que se esté evaluando, por ejemplo, si es de becas, alimentación o empleo. Lo importante es que cada programa tiene su propio calendario para presentar los resultados, no es el mismo para todos.

Texto oficial

Artículo 80.- El informe de impacto de los programas de desarrollo social se presentará en los periodos que determine el Consejo Nacional de Evaluación, de acuerdo con la naturaleza del programa sujeto a evaluación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.