Artículo 12 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para pedir un Certificado de Buen Desempeño Ambiental, tu empresa tiene que llenar una solicitud con estos datos: nombre completo, Registro Federal de Contribuyentes, giro o actividad principal, domicilio legal y quién la representa legalmente. También debes incluir la ubicación exacta del lugar que se va a auditar y describir qué partes físicas y operativas cubrirá la revisión. Además, tienes que anotar el nombre del Auditor Ambiental que hará la auditoría, su número de aprobación, y si hay un auditor coordinador o especialistas, también sus datos y especialidades. Si en ese momento hay algún procedimiento abierto con alguna autoridad ambiental, debes mencionarlo y decir en qué estado está. Por último, especifica qué tipo de certificado quieres, de los que se mencionan en el artículo 28 del reglamento. Como opción, tu empresa puede entregar la solicitud junto con el Informe de Auditoría Ambiental ya terminado, siempre y cuando la auditoría haya empezado máximo 60 días hábiles antes de presentar los papeles ante la Procuraduría o la Agencia que corresponda.
Texto oficial
Artículo 12. La solicitud del Certificado deberá contener la siguiente información: I. Los datos generales de la Empresa, incluyendo su nombre, denominación o razón social, Registro Federal de Contribuyentes, giro o actividad preponderante, domicilio legal y nombre del representante legal, administrador o persona que tenga facultades para obligarse en nombre y representación de la Empresa; II. Ubicación y localización geográfica, así como el alcance físico y operativo detallado que se va a auditar o se ha auditado; III. Nombre del Auditor Ambiental y su número de aprobación, especificando el nombre y la clave del Auditor Coordinador y en su caso de los Auditores Especialistas, indicando las especialidades en las que participarán o participaron durante la Auditoría Ambiental; IV. En su caso, referencia a los procedimientos administrativos instaurados por cualquier autoridad ambiental competente, señalando el estado actual de los mismos, y V. Tipo de Certificado que pretende obtener de acuerdo a los tipos señalados en el artículo 28 del presente Reglamento. La Empresa podrá presentar, simultáneamente, la solicitud del Certificado y el Informe de Auditoría Ambiental elaborado por un Auditor Ambiental, que acredite que su Desempeño Ambiental es conforme con lo señalado en los Términos de Referencia. En este caso, la Auditoría Ambiental deberá haber iniciado como máximo sesenta días hábiles previos a la presentación de dicha solicitud ante la Procuraduría o, en su caso, ante la Agencia, según corresponda, para lo cual se procederá conforme a lo establecido en el artículo 22 del presente Reglamento. Párrafo reformado DOF 31-10-2014
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.