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Artículo 23 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la Procuraduría o la Agencia te dan el Certificado, están diciendo que en ese momento tu empresa cumple con todas las reglas ambientales y que su desempeño ambiental está bien según los Términos de Referencia. Mientras tengas el Certificado, tu empresa debe seguir cumpliendo al pie de la letra con esas reglas ambientales y mantener su desempeño ambiental apegado a lo que marcan esos Términos. Si después de una queja o una revisión a empresas certificadas, la autoridad (Procuraduría o Agencia) descubre que no estás cumpliendo con eso, pierdes el derecho a usar el Certificado y a mostrar el sello en tus anuncios.

Texto oficial

Artículo 23. A través del Certificado, la Procuraduría o, en su caso, la Agencia, según corresponda, reconocen que al momento de su otorgamiento, la Empresa opera en pleno cumplimiento de la regulación ambiental y que su Desempeño Ambiental es conforme con los Términos de Referencia. Durante la vigencia del Certificado, la Empresa deberá operar en pleno cumplimiento de la regulación ambiental y su Desempeño Ambiental deberá ser conforme con los Términos de Referencia. En su caso, si derivado de una denuncia o de un programa de verificación de las empresas certificadas, la Procuraduría o, en su caso, la Agencia, según corresponda, determinan que la Empresa no cumple con lo estipulado en el presente párrafo, perderá el derecho de uso del Certificado y publicidad del sello respectivo. Artículo reformado DOF 31-10-2014

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.