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Artículo 39 Bis del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Agencia va a crear un programa para que las empresas del sector de petróleo y gas puedan obtener un solo certificado que cubra seguridad industrial, seguridad operativa y cuidado del medio ambiente. Esto se hace con la idea de que las propias empresas se autorregulen, es decir, que ellas mismas cumplan con las reglas sin que alguien las esté vigilando todo el tiempo. En ese programa también se pueden incluir las buenas prácticas de operación e ingeniería que ya están en el reglamento. El objetivo es juntar todos los certificados que necesita el sector en un solo trámite, para hacerlo más sencillo.

Texto oficial

Artículo 39 Bis. La Agencia coordinará un programa de certificación en seguridad industrial, seguridad operativa y protección al medio ambiente para las Actividades del Sector Hidrocarburos en relación con el cumplimiento de la normatividad y estándares de desempeño, con base en el principio de autogestión, al cual podrá integrar al Programa y Buenas prácticas de operación e ingeniería reguladas en este Reglamento, conforme a los requisitos técnicos que expida de conformidad con el artículo 5, fracción XVI de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, a efecto de unificar en un solo procedimiento todas las certificaciones aplicables al mencionado sector. Artículo adicionado DOF 31-10-2014 CAPÍTULO TERCERO TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE AUTORREGULACIÓN Y AUDITORÍAS AMBIENTALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 31-10-2014 17 de 21

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

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