Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 17 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Quien quiera hacer un proyecto que pueda afectar el medio ambiente debe llevar a la Secretaría su solicitud de permiso. A esa solicitud tiene que pegarle tres cosas: un documento que explique cómo el proyecto impacta el entorno, un resumen de ese documento guardado en un disco (como los de antes) y un comprobante de que ya pagó los derechos correspondientes. Si el proyecto es muy riesgoso, según lo que dice la Ley, además tiene que incluir un estudio de los peligros que implica.

Texto oficial

Artículo 17.- El promovente deberá presentar a la Secretaría la solicitud de autorización en materia de impacto ambiental, anexando: I. La manifestación de impacto ambiental; II. Un resumen del contenido de la manifestación de impacto ambiental, presentado en disquete, y III. Una copia sellada de la constancia del pago de derechos correspondientes. Cuando se trate de actividades altamente riesgosas en los términos de la Ley, deberá incluirse un estudio de riesgo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.