Artículo 35 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 35 dice que si necesitas hacer un informe preventivo, una manifestación de impacto ambiental o un estudio de riesgo, tú mismo puedes elaborarlos o pedirle a cualquier persona o empresa que lo haga por ti. No estás obligado a contratar a un especialista en específico, cualquier persona o compañía puede hacer ese trabajo. Esto aplica tanto para personas como para negocios o asociaciones.
Texto oficial
Artículo 35.- Los informes preventivos, las manifestaciones de impacto ambiental y los estudios de riesgo podrán ser elaborados por los interesados o por cualquier persona física o moral.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.