Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 56 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando haya un peligro muy grave y que no puede esperar para el medio ambiente (como basura tóxica, daño a los bosques o ríos, o algo que ponga en riesgo la salud de la gente), la Secretaría de Medio Ambiente puede tomar medidas inmediatas para parar el daño. Estas medidas pueden ser, por ejemplo, cerrar temporalmente una fábrica o detener una obra que esté causando el problema. La autoridad siempre debe explicar por escrito por qué está tomando esa decisión y cuáles son los plazos para arreglar el problema. También tiene que decir cuándo y cómo se pueden quitar esas medidas una vez que el peligro ya pasó.

Texto oficial

Artículo 56.- Cuando exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico o de daño o deterioro grave a los recursos naturales; casos de contaminación con repercusiones peligrosas para los ecosistemas, sus componentes o para la salud pública, o causas supervenientes de impacto ambiental, la Secretaría, fundada y motivadamente, podrá ordenar alguna o algunas de las medidas de seguridad previstas en el artículo 170 de la Ley. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE EN MATERIA DE EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 31-10-2014 24 de 29 En todo caso, con la debida fundamentación y motivación, la autoridad competente deberá indicar los plazos y condiciones a que se sujetará el cumplimiento de las medidas correctivas, de urgente aplicación y de seguridad, así como los requerimientos para retirar estas últimas conforme a lo que se establece en el artículo 170 BIS de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.