Artículo 13 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo establece dos reglas básicas para cuidar el aire que todos respiramos. La primera dice que el aire debe estar limpio y ser seguro en todas las ciudades, pueblos y regiones de México. La segunda indica que se debe reducir o controlar cualquier cosa que contamine el aire, ya sea que venga de fábricas, carros, volcanes o incluso del polvo, para que la gente pueda vivir bien y la naturaleza no se dañe.
Texto oficial
ARTICULO 13.- Para la protección a la atmósfera se considerarán los siguientes criterios: I.- La calidad del aire debe ser satisfactoria en todos los asentamientos humanos y las regiones del país; y II.- Las emisiones de contaminantes a la atmósfera, sean de fuentes artificiales o naturales, fijas o móviles, deben ser reducidas o controladas, para asegurar una calidad del aire satisfactoria para el bienestar de la población y el equilibrio ecológico.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.