Artículo 1 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo aplica en todo México y en las zonas donde el país tiene control, como el mar y el espacio aéreo. Su propósito es establecer las reglas de un registro especial llamado RETC, que sirve para llevar el control de cuánta contaminación generan las fábricas y otras fuentes. En otras palabras, obliga a que se reporten los contaminantes que se liberan al aire, agua o suelo, así como los desechos peligrosos. La idea es que tanto las autoridades como los ciudadanos puedan saber qué y quién está contaminando.
Texto oficial
Artículo 1o. El presente ordenamiento es de observancia general en todo el territorio nacional y en las zonas en donde la Nación ejerce su soberanía y jurisdicción, tiene por objeto reglamentar la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en lo que se refiere al Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.