Artículo 16 del REGLAMENTO de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Antes de que puedas meter tus trámites por internet usando la Cédula, tú o tu abogado tienen que pedirle a la Secretaría un certificado especial que les permita sacar la firma electrónica avanzada, que es como una firma digital segura. Eso se hace en las oficinas correspondientes y siguiendo lo que dice la Ley de Firma Electrónica Avanzada. Cuando ya subas la Cédula al portal que esté habilitado para recibirla, el sistema automáticamente te va a dar un recibo de que sí la recibieron, como un comprobante digital. Ese recibo sirve como prueba de que hiciste tu trámite en tiempo y forma.
Texto oficial
Artículo 16. Previo a la presentación de la Cédula a través del portal electrónico, el promovente o su representante legal, deberán solicitar a la Secretaría, por conducto de sus unidades administrativas competentes, un certificado de identificación para obtener la firma electrónica avanzada, conforme a lo previsto en la Ley de Firma Electrónica Avanzada y las disposiciones jurídicas que de ésta se derivan. Cuando la Cédula sea presentada a través de los portales electrónicos en los que se habilite su recepción, los sistemas correspondientes generarán el acuse de recibo electrónico correspondiente. Artículo reformado DOF 31-10-2014
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.