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Artículo 75 del REGLAMENTO de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Instituto va a trabajar con la gente y las organizaciones de la sociedad para identificar y dar a conocer cuáles son las necesidades más urgentes de las escuelas. Para eso, se van a fijar en cómo están las instalaciones, qué tan viejas son, dónde están ubicadas y cómo las afecta el clima o el ambiente. La idea es saber qué reparaciones o mejoras físicas se necesitan para que los alumnos y maestros tengan un lugar más adecuado para aprender y enseñar.

Texto oficial

Artículo 75.- La participación que promueva y convenga el Instituto con los sectores sociales estará orientada a considerar e informar las necesidades prioritarias que se deriven de las condiciones de uso, antigüedad, ubicación, condiciones climáticas y ambientales en las que se encuentren las instalaciones de los Planteles Educativos, en atención a las necesidades físicas que se requieran subsanar para que la comunidad educativa cuente con mejores condiciones para el mejor desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

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