Artículo 47 del REGLAMENTO de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Educación Pública (SEP) va a crear reglas claras para que todos los niños y niñas con discapacidad puedan entrar gratis y sin excusas a las escuelas y guarderías. Ahí deben recibir atención especializada, siempre con respeto a su dignidad. Si hace falta, la SEP también puede llegar a acuerdos con otras instituciones para dar estos servicios. La idea es que ningún niño o niña con discapacidad se quede sin poder ir a la escuela o recibir los cuidados que necesita. Es su derecho.
Texto oficial
Artículo 47. A fin de que las niñas y niños con discapacidad sean admitidos de forma gratuita y obligatoria y reciban una atención especializada sobre la base del respeto a su dignidad en los centros que prestan servicios para la atención, cuidado y desarrollo integral infantil, la Secretaría de Educación Pública establecerá lineamientos para ello o, en su caso, podrá suscribir convenios de servicios con dicho propósito. Capítulo IV De la Accesibilidad y la Vivienda
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.