Artículo 65 del REGLAMENTO de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte es la encargada de crear programas y acciones para apoyar el deporte adaptado, o sea, el que se ajusta para personas con discapacidad. Estos programas deben enfocarse en distintos niveles: desde el deporte para principiantes (popular), pasando por nuevos talentos, jóvenes, personas más grandes (máster), hasta los atletas de alto rendimiento y los que compiten en los Juegos Paralímpicos. Además, la Comisión tiene que promover que tanto el gobierno como empresas privadas inviertan dinero para que el deporte para personas con discapacidad crezca en todas sus formas.
Texto oficial
Artículo 65. La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte formulará programas y acciones orientados a apoyar el deporte adaptado para personas con discapacidad. Dichas acciones deberán estar orientadas a fortalecer los niveles de desarrollo popular, nuevos valores, prospectos, alto rendimiento de primera fuerza, juveniles, máster y paralímpico. La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte deberá impulsar la inversión social y privada para el desarrollo del deporte de las personas con discapacidad en cualquiera de sus modalidades.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.