- Ley
- REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional
- Artículo
- 108
Artículo 108 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En cuanto termines tus trámites para subir de nivel o rango, el documento oficial que comprueba tu nuevo grado te lo tienen que entregar al momento, sin demoras ni pretextos. Esa constancia es como un papel que dice que ya cumpliste con todo para obtener el puesto o categoría que te corresponde. No te pueden hacer esperar días o semanas para dártela, tiene que ser inmediata.
Texto oficial
Artículo 108. Una vez obtenida la promoción, la constancia de grado será expedida de inmediato.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.