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Artículo 107 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tu grado dentro del sistema de la Fiscalía se comprueba con un documento oficial que te entregan, llamado constancia de grado. Ese papel es la única prueba válida de que tienes ese nivel o categoría dentro de tu trabajo. Sin él, no puedes acreditar tu puesto.

Texto oficial

Artículo 107. El grado que ostenten los Integrantes de Carrera será acreditado con la constancia de grado que se les expida.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 76) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.