Artículo 107 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Tu grado dentro del sistema de la Fiscalía se comprueba con un documento oficial que te entregan, llamado constancia de grado. Ese papel es la única prueba válida de que tienes ese nivel o categoría dentro de tu trabajo. Sin él, no puedes acreditar tu puesto.
Texto oficial
Artículo 107. El grado que ostenten los Integrantes de Carrera será acreditado con la constancia de grado que se les expida.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.