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Artículo 128 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Secretario, a propuesta del Comandante, va a crear un manual que explique cómo deben actuar los miembros de la Guardia Nacional. Ese manual debe incluir, al menos, seis puntos importantes: primero, que su trabajo sea servir a la sociedad, proteger la vida y los derechos de las personas, sin usar fuerza excesiva ni ser abusivos. Segundo, que haya disciplina, con respeto a las leyes, los derechos humanos y las víctimas, además de buena conducta personal. Tercero, que siempre respeten los derechos humanos de todos, sin discriminar a nadie. Cuarto, que sigan la ley al pie de la letra, sin excepciones. Quinto, que respeten a sus superiores y compañeros, recordando que están bajo un mando civil. Y sexto, que tomen en cuenta la igualdad entre hombres y mujeres en todo lo que hagan.

Texto oficial

Artículo 128. El Secretario, a propuesta del Comandante, expedirá el Manual de Doctrina Policial de la Institución, en el cual se desarrollará, como mínimo, lo siguiente: I. Servicio a la sociedad: Dado el carácter civil de la Institución, la formación y el desempeño de los integrantes debe orientarse a que los mismos se sientan identificados e integrados con la sociedad a la que pertenecen y a la que sirven, velando siempre por salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de todas las personas, así como contribuir a la preservación del orden público y la paz social, por lo que en ningún momento su actuación será arbitraría, hostil, represiva y con uso excesivo de la fuerza, aunado a que rendirán cuentas a la sociedad acerca del manejo de los recursos públicos asignados; II. Disciplina: Toda vez que la misma es una característica de las instituciones policiales, en la Guardia Nacional, la formación y el desempeño de sus integrantes se orientará considerando siempre el amor a la patria, el aprecio de sí mismo, la pulcritud, los buenos modales, el rechazo a los vicios, la puntualidad en el servicio, la exactitud en la obediencia, el respeto a las jerarquías, el escrupuloso respeto a las leyes y reglamentos, así como a los derechos humanos, la atención de las víctimas y el uso regulado de la fuerza; III. Respeto a los derechos humanos: La Institución, en su carácter de autoridad federal, tiene la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, por lo que los integrantes, REGLAMENTO DE LA LEY DE LA GUARDIA NACIONAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 11-12-2020 80 de 108 en el ámbito de su competencia y atribuciones, deberán favorecer a las personas su protección más amplia, sin discriminación; IV. Imperio de la ley: Considerando que todas las personas e Instituciones están sometidas a las leyes, la formación y el desempeño de los integrantes se enfocará a buscar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento, sin excepción, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes que expida el Congreso de la Unión, de todos los tratados que estén de acuerdo con la misma y de cualquier otra disposición jurídica; V. Mando superior: Al ser la disciplina una de las características de la Institución, la formación y el desempeño de sus integrantes velará porque siempre se guarde a los superiores, subordinados o iguales en jerarquía, el respeto y la consideración debidos, teniendo en cuenta en todo momento que se opera bajo un mando civil, y VI. Perspectiva de género: En la Institución, la formación y el desempeño de los integrantes se guiará por la igualdad de género y la no discriminación. Capítulo VI De la Conclusión del Servicio

Ver ley oficial en el DOF (pág. 79) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.