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Ley
REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional
Artículo
20

Artículo 20 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 20 dice que la Jefatura General de Coordinación Policial es como el brazo derecho del Comandante. Su chamba es ayudarlo a planear y dirigir todo lo relacionado con la policía. Básicamente, se encarga de convertir las ideas del Comandante en órdenes claras para los agentes y luego checa que se cumplan al pie de la letra. Es un equipo técnico que trabaja detrás del telón para que todo funcione en la corporación.

Texto oficial

Artículo 20. La Jefatura General de Coordinación Policial, es el órgano técnico operativo, colaborador inmediato del Comandante, a quien auxilia en la concepción, planeación y conducción de las atribuciones policiales, para transformar sus decisiones en órdenes, e instrucciones y verificar su cumplimiento.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional (pág. 12) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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