Artículo 211 del REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si tú renuncias por escrito a tu derecho de quejarte contra una multa o sanción, antes de que se cumplan los 15 días naturales que tienes para hacerlo, desde ese momento la sanción queda como definitiva. O sea, ya no podrás pelear la decisión después.
Texto oficial
Artículo 211. En caso de que el compareciente renuncie por escrito a su derecho de interponer el recurso de inconformidad, antes de concluir el término de quince días naturales; con esa misma fecha quedará firme la resolución sobre la sanción impuesta.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.