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Artículo 42 del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Registro Nacional de Población se encarga de juntar y organizar toda la información que tienen el gobierno federal, los estados y los municipios sobre las personas, para que no anden cada quien por su lado. Esto lo hace mediante acuerdos o convenios con esas autoridades, para que todos usen los mismos métodos al identificar y registrar a la gente. La idea es que al final se forme un solo sistema de registro de la población, donde todos los datos estén conectados y sean más fáciles de consultar.

Texto oficial

Artículo 42.- El Registro Nacional de Población coordinará los métodos de identificación y registro de personas de la Administración Pública Federal y de las administraciones públicas estatales y municipales en los términos de los instrumentos que se celebren al respecto, con el propósito de constituir un sistema integrado de registro de población.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.