Artículo 73 del REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si necesitas reponer o renovar tu Cédula de Identidad (ya sea como ciudadano o como persona), tienes que hacer el trámite en las oficinas que el Registro Nacional de Población indique para eso. No puedes hacerlo en cualquier lugar, solo ahí.
Texto oficial
Artículo 73.- Para los efectos de reposición o renovación de su Cédula de Identidad Ciudadana, o de su Cédula de Identidad Personal, el interesado o la interesada deberán realizar el trámite correspondiente en las oficinas que al efecto determine el Registro Nacional de Población.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.