Artículo 111 del REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 111 dice que un "análisis de riesgos" (un estudio para identificar peligros y daños posibles) debe incluir lo siguiente: Primero, información general del edificio o terreno, como su ubicación, planos, tipo de construcción y actividades que se harán ahí. También debe incluir un resumen de los riesgos detectados, datos de atlas de riesgos oficiales o estudios técnicos (como de suelo o agua), el nivel de vulnerabilidad de la construcción y las medidas para prevenir o reducir daños. Segundo, debe seguir los "términos de referencia" (que son las reglas o instrucciones específicas para hacer el estudio). Tercero, necesita una carta firmada por el dueño o su representante legal, donde se comprometan a que todo es correcto, con su nombre, fecha, ubicación exacta (con latitud y longitud) y una descripción de los fenómenos peligrosos y su intensidad.
Texto oficial
Artículo 111. El análisis de Riesgos deberá contener: I. La información siguiente: a) Datos generales del inmueble y, en su caso, de la persona que elaboró el análisis; REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE PROTECCIÓN CIVIL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-12-2015 29 de 32 b) Descripción general del proyecto del inmueble, el cual deberá incluir tipo de obra o actividad, ubicación, planos, memorias de cálculo, características constructivas y las actividades que se desarrollarán en el mismo; c) Resumen de la evaluación de Riesgos; d) Información sobre Riesgos y Peligros recopilados del Atlas Nacional de Riesgos, y los Atlas Estatales y Municipales de Riesgos o, en su caso, los estudios geotécnicos, geofísicos, hidrológicos y los que pudieran ser necesarios para conocer el nivel de Riesgo o Peligro asociado a cada fenómeno destructivo identificado; e) El nivel de Vulnerabilidad de los bienes expuestos, definido a partir de las condiciones físicas de las construcciones, de sus contenidos y las medidas de seguridad específicas para sus ocupantes, asociado al parámetro de intensidad definido para cada fenómeno perturbador identificado, y f) Medidas de Prevención y Mitigación de Riesgos; II. Los términos de referencia, y III. Contar con la carta de responsabilidad del representante, la cual deberá contener lo siguiente: a) El nombre del propietario o del representante legal en su caso; b) La fecha; c) La localización donde se elaborará el análisis de Riesgo señaladas por latitud y longitud, y d) La descripción general de los fenómenos perturbadores y su nivel de intensidad. Capítulo XVIII De los Atlas de Riesgos
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.