Artículo 15 del REGLAMENTO de la Ley General de Protección Civil
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 15 dice que cualquier persona que use o reproduzca el emblema del Sistema Nacional debe copiarlo exactamente como está en el modelo oficial, sin cambiarle ni un solo detalle, pase lo que pase. Ese modelo está guardado en la Coordinación Nacional, que es la oficina encargada de cuidarlo. En otras palabras, no puedes modificar el diseño del logotipo, ni hacerle variaciones, por más pequeñas que sean. Si necesitas usarlo, tienes que copiarlo tal cual está, sin inventar versiones diferentes.
Texto oficial
Artículo 15. Toda reproducción y uso de la imagen institucional del emblema distintivo del Sistema Nacional, deberá corresponder fielmente al modelo a que se refiere el artículo anterior, el cual no podrá variarse o alterarse bajo ninguna circunstancia. El modelo de la imagen institucional del emblema permanecerá depositado en la Coordinación Nacional.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.